III
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Elizabeth Deligiannis, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el tribunal de la causa, SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión de fecha veinte (20) de Diciembre de dos mil doce (2012), dictada por el Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual declaro SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderado o representante del actor, CON LUGAR la demanda de Desalojo interpuesta por la ciudadana LILIANA TRONCA DELGADO contra el ciudadano EVER.....