III
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la Inhibición formulada por la abogada Mirla Bianexis Malave Sáez, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes; en la demanda por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de Termino de Prorroga Legal, (Inhibición), interpuesta por el ciudadano Isidro Da Silva Nunes, contra los ciudadanos Roberto Armas Quevedo y Romely Josefina Mongtane Rodriguez.; Segundo: Se ORDENA: oficiar a ese tribunal a los fines de notificar la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado S.....