VII
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentes esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, por unanimidad, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE el recurso de apelación de auto interpuesto por el ABOGADO HÉCTOR PINTO HURTADO, Defensor Privado, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 03 de Noviembre de 2016, cuyo auto motivado fue publicado en fecha 15 de Marzo de 2017, a través de la cual acordó la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano HÉCTOR JAVIER ROJAS RODRÍGUEZ, a quien se le sigue la causa por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, por haber decaído el objeto de la pretensión. Así se decide.
Queda así resuelto el recurso de apelación de auto ejercido en el caso sub-exámine.
Regístrese, publíques.....