D E C I S I Ó N
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la inhibición formulada por el ciudadano Abogado EULISER GENARO FERNANDEZ, procediendo con el carácter de Juez de Primera Instancia en funciones Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, mediante acta de fecha 31 de mayo del año 2006. En consecuencia, el Suplente Especial que actualmente preside el Tribunal, deberá seguir conociendo de la causa para lo cual habrá de recabar las actuaciones originales que por distribución habían sido remitidas a otro de esta misma localidad.