V
DISPOSITIVA
En razón a los argumentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: INADMISIBLE por falta de LEGITIMIDAD el recurso de apelación interpuesto en el caso de especie, ejercido por los ciudadanos Abogados NELSON GARCES y ODDET OROPEZA, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de febrero de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó NEGAR la entrega de Vehículo Automotor del ciudadano JOSÉ JUSTINO LOZADA.
Regístrese, déjese copia autorizada. CÚMPLASE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, a Doce (12) días del mes de marzo de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
GABRIEL ESPAÑA GUILLEN
PRESIDENTE DE LA CORTE.....