V
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORANEA, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Abogado Carlos José Cordero, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano RAMÓN ANTONIO AULAR BENEVENTA, en la cual impugna la decisión que fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 01, de este Circuito Judicial Penal, que acordó la no retención del vehículo con las siguientes características: Clase Rustico, Marca Toyota, Modelo Techo duro, Color Verde, Año 1995, con dos placas de circulación MDN08P, Uso Particular, Serial de Carrocería FZJ709002666, Serial de Motor 1FZ0153585, en consecuencia rat.....