DISPOSITIVA
En merito de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano JOSÉ VICENTE SANDOVAL, asistido por el Abogado JOSÉ FRANCISCO AROCHA; y, CONFIRMA el fallo dictado por el Tribunal de Primera Instancia, en funciones de Juicio N° 1 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano JOSÉ VICENTE SANDOVAL, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, como autor responsable de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARÍA ESPERANZA PÁRRAGA PINTO.