DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, ESTA CORTE DE APELACIONES, EN SALA ÚNICA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: sin lugar el recurso de apelación interpuesto por José Higinio Colmenárez, representado por el Defensor Privado, Abogado Elías Camacho. SEGUNDO: confirma la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal en fecha 20-10-05 en los términos en que ha quedado expuesto, manteniendo la calificación jurídica atribuida a los hechos objeto del proceso por la representación fiscal y admitida por el Juez a quo de Robo Agravado y Agavillamiento; TERCERO: con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Privada, Abogada Gloria Nereida Rosero, en consecuencia, declarar la nulidad del fallo recurrido dictado en fecha 17-10-05 por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 de este Circuito .....