Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón a la materia para conocer la solicitud propuesta por la abogada Gesther N. González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.478, apoderada judicial de la ciudadana Yelis del Valle González Rondón, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.994.636, contra el ciudadano Antonio Jose Romero Gil, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.994.954, contenida en estos autos y acuerda remitir las presentes actuaciones al Órgano competente para ello en razón tanto a la materia, Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.-
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribun.....