III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por el ciudadano NELSON ENRIQUE ABREU, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.538.728, de este domicilio, suficientemente identificado y estudiado el caso en cuestión, este Tribunal resuelve en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías ubicadas en la carretera nacional Trocal 5, vía San Carlos-Valencia, con Av. 5 de Julio, del sector Buenos Aires del municipio Tinaco, estado Cojedes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros".
Devuélvase original con sus resultas a la parte interes.....