En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección De Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA en el juicio de ACCIÓN DE REEMBOLSO CON MOTIVO DE PAGO EN SUBROGACIÓN, incoado por la Empresa MINERA HECLA VENEZOLANA, C.A., contra la Empresa PEREZ FAJARDO SERVICIOS GENERALES, C.A, todos ampliamente identificados ut supra; todo ello de conformidad con la disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242, 243 y 267, Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil.
Queda CONFIRMADA la decisión de fecha 15 de Julio de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Se declara .....