este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes las probanzas evacuadas para acreditar la cualidad que tiene la ciudadana Deisy Hortencia Velásquez Pineda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.965.292 y los niños SE OMITEN NOMBRES, de cuatro (4) y cinco (5) años, de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre Daniel Rafael León Romero, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.423.482, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fall.....