DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de San Carlos Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamiento CONDENA el acusado HEIROUN ACOSTA, mayor de edad, venezolano, natural de valencia estado Carabobo, portador de la cedula de identidad N 13.047.839, residenciado en la Urbanización el Trigal Sur, Segunda Avenida, casa numero 132_31, Valencia Estado Carabobo,a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dando cumplimiento a lo previsto en el primer aparte del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, no se establece provisionalmente la fecha probable en.....