CAPITULO -IV-
DECISION
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los Artículos 2, 26, 49, 253 y 257 de la Carta Magna, 78, 321 y 341 del Código de Procedimiento Civil, así como lo establecido en la resolución 05-2020, dicta por la Sala de casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia; declara INADMISIBLE la presente acción por motivo de TACHA DE DOCUMENTO PUBLICO, por el Apoderado Judicial CARLOS EDUARDO RIVAS CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 16.424.298, inscrito bajo el IPSA Nro. 289.191, correo electrónico carloseduardorivas@gamil.com, teléfono celular 0416-477.01.42, quien actúa en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano RAMON ELENA GIL BRAVO, venezolan.....