-IV-
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, en virtud de tal manifestación, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado por las partes, en el juicio de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO, seguido por los ciudadanos AYAX PAULO ERASMO PATROCLO BARRIOS y KENIA EVELYN ESCALONA ZAMBRANO, mediante su Apoderada Judicial, abogada CARMEN AUXILIADORA ARIAS DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.211.352, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.947, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Se dá por Reconocido el contenido y firma del documento de Venta que corre inserto al folio dos (2) del presente expediente. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obed.....