Por las razones y consideraciones precedentemente expuestas este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por desalojo de local comercial, propuesta por la ciudadana Romana Aurora Moreno de moreno, venezolana, mayor de edad, titulara de la cédula de identidad número 5.743.267, en su condición arrendadora de un local comercial ubicado en la Avenida Bolívar entre Calles Libertad y Zamora de esta ciudad de San Carlos estado Cojedes; distinguido con numero 03; y que forma parte del inmueble de mayor tamaño distinguido con el numero 8-72, a través de su apoderado judicial abg., Tovías Arteaga, titular de la cédula de identidad No. V- 3.691.683, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.372, contra la ciudadana EYDA EUGENIA GONZALEZ.....