DECISION
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara INADMISIBLE la presente acción por motivo de Cobro de Bolivares de Honorarios Profesionales Extrajudiciales, presentada por la ciudadana MARIA ALEXANDRA SILVA OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.365.875, con domicilio en la Urbanización Aeropuerto, Sector I, Tercer Calle, Casa 83-52, San Carlos Estado Cojedes, asistida en este acto por el abogado en ejercicio CARLO EDUARDO PACHECO NATERA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-11.964.056, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 193.726, con domicilio en la calle Figueredo entre calle Sucre y Avenida Bolívar, Local Nº 3 de.....