Administrando Justicia y en Nombre de REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana: MARYELIS COROMOTO LEON MENA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.900.803, venezolana mayor de edad de profesión u oficio del hogar, y domiciliada en la Urbanización Caña Varal, casa Nº B-6 Libertad, Municipio Ricaurte del Estado Cojedes, en contra el ciudadano: FRANKLIN RAMON CORDOBA MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nº V-17.595.037, venezolano, mayor de edad, de oficio o ocupación Paramédico I, adscrito Protección Civil Cojedes (911), residenciado en el Barrio Mataaldon 3 calle 7, Casa Nº S/N Las Vegas Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, Dicha solicitud es a favor de el niño: FRANKLIN ENMANUEL CORDOBA LEON, de doce (12) año de edad , conforme a lo pautado en artículo Nº 511, de la Ley Orgánica para Protección del Niño Niña y.....