Se ordena darle entrada y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la presente solicitud no es contraria al orden publico, ni a las buenas costumbres, ni disposiciones expresas de la Ley, se ordena su admisión. Líbrese compulsa de dicha solicitud junto con boleta de citación, a objeto de que se practique la citación del ciudadano, ASDRUBAL ALEXANDER SOSA TRESTINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.618.611, residenciado en la calle Sucre a cuadra y media de la plaza doña ana en el Baúl municipio Girardot del estado Cojedes, quien es personal administrativo del ministerio de educación en la E.P.B. Pablo Alejo, a quien se emplaza de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente antes indicada, a comparecer por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, y la designación y aceptación de Defensor Público para que re.....