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DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle el ciudadano José Alfredo Soto Henríquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.109.828, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías, constituidas sobre un área de terreno de aproximadamente DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTÍMETROS (250,30 m2), con un área de construcción de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE CENTÍMETROS (58,19 m2), la cual posee las siguientes características: una casa, con estructura de hierro, con paredes de bloques de cemento, frisadas, piso de cemento, con techo de platabanda, servici.....