Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por la Ciudadana AURA ROSA ORTEGA DE AGUILAR, actuando en su nombre y en nombre y representación de sus hijos YULIANA AGUILAR ORTEGA, ARTURO JOSÉ AGUILAR ORTEGA, SILVERIO JOSÉ AGUILAR ORTEGA, RUBÉN DARÍO AGUILAR ORTEGA, LUÍS ALFONSO AGUILAR ORTEGA, JULIO JOSÉ AGUILAR ORTEGA, plenamente identificados y estudiado el caso cuestionado; este Tribunal del Municipio Anzoátegui de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de conformidad, que mediante RESOLUCIÓN Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, dictada por la SALA PLENA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, en su artículo 3 le confiere a los Juzgados de Municipio la potestad de conocer de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria no contenciosa en materia civil..., según las reglas ordinarias de competencia; entrando en vigencia la misma a partir de su publicación en Gaceta Oficial de fecha 02/04/2009, a tenor de lo dispuesto en los artículos.....