-VIII-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Vista la Sentencia de Inadmisibilidad dictada en el expediente signado con el N° 995-18 (nomenclatura interna de este Tribunal), opera el Decaimiento del Objeto del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado EDGAR RAFAEL VERA BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.530.238, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.150 y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano DIEGO SANTIAGO ARCAY CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.110.146 y domiciliado en Valencia estado Carabobo, contra la Sentencia Interlocutoria N° 00031-18, de fecha 02 de mayo de 2018, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial .....