Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Primero: Homologa el Desistimiento, de la demanda por motivo de Oferta Real de Pago incoado por el ciudadano abogado Juan Paulo Rodríguez Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº6.881.771, inscrito en el I.P.S.A Nº 41.714,co-apoderado de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA 2055 DEL CENTRO C.A Y SOCIEDAD MERCANTIL COMUNICACIONAL YURUBI, C. A., contra el ciudadano José Antonio Mujica Parraga, venezolano, mayor de edad, titulare de la Cédula de Identidad Nro. V-19.919.955, domiciliado en la Avenida Bolívar, Quinta Nazareno, casa Nº 17-35, Sector Pueblo Nuevo acordando tenerla como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se declara. Segundo: Se acuerda la devolución del che.....