V.- DECISIÓN.
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional incoada por los ciudadanos ESTEBAN LÓPEZ GONZÁLEZ, JOSÉ SIMÓN SANDOVAL LÓPEZ y ASDRÚBAL JOSÉ RODRÍGUEZ ALVARADO, identificados con las cedulas de identidad números V.7.315.560, V.8.670.889 y V.5.746.691 en su orden, asistidos al inicio de los profesionales del derecho YENIFER ALEJANDRA LÓPEZ DAZA y CARLOS LUÍS DURÁN RODRÍGUEZ, quienes se constituyeron posteriormente en sus apoderados judiciales, en contra del ciudadano GIOVANI MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.7.120.545, en su carácter de Presidente del Tribun.....