Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en atención al interés superior de las niñas: SE OMITEN NOMBRES, previsto en el literal "a" y "e" del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Se Revoca la Medida de Protección dictada en sede administrativa por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Carlos Estado Cojedes en fecha: 29/08/2005, a favor de las niñas: SE OMITEN NOMBRES, de once (11) y siete (7) años de edad; en el hogar sustituto de la ciudadana: Dora Yolanda Farfán Cordero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.899.512, domiciliada en el Sector Manuel Man.....