-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana TABEIDA NOHEMI MIERES RANGEL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.766.083, titulo supletorio de propiedad sobre las bienhechurías edificadas a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, constante de una casa enclavada en terreno de su propiedad, ubicada en la calle Nro. 1, entre calle La planta, Avenida Universidad y calle Principal, Municipio Ezequiel Zamora, estado Cojedes, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se especifican debidamente en la petición, todo de conformidad con lo e.....