VII
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, por unanimidad; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión de fecha 30 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: SE ANULA el auto dictado en fecha 30 de noviembre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, a través del cual el Juez de la recurrida negó la entrega del vehículo solicitado por el ciudadano MARCELINO ANTONIO JIMÉNEZ LEÓN, debidamente asistido por el ABOGADO MIGUEL ALFREDO LÓPEZ, el cual presenta las siguientes características: Placa: A38AB3P, Serial de Carrocería: FJ45944798, Serial de Motor: 2F460386, Marca: Toyota, Modelo: Land Crusier, Color: Verde, Clase: Rúst.....