D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, actuando en Sala Única, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA INADMISIBLE el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la Abogada AMÉRICA PÁEZ MORENO, actuando en representación del ciudadano HARRY JOSÉ VARELA MARTÍNEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de abril de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, mediante la cual acuerda negar al solicitante la entrega del vehículo con las siguientes características: PLACAS: KAF-56E, SERIAL DE CARROCERIA: 8Z1SC2162WV339442, MARCA: Chevrolet, MODELO: Corsa, TIPO: Coupe, AÑO: 1998, COLOR: Beige, USO: Particular, CLASE: Automóvil, SERIAL DEL MOTOR: 2WV339442. Así se decide.