VII
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, por unanimidad; Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declarar SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por la Abogada Daisy Marilu Castillo, Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público del estado Cojedes. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida dictada de fecha 19 de Septiembre de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual sustituyó la medida de privación judicial preventiva de libertad, por la medida cautelar menos gravosa consistente en la detención domiciliaria por motivos de salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, acordada al ciudadano YENSI ORLANDO PÁEZ PARRA, plenamente identificado en autos; por .....