éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, parágrafo 1º, Resuelve:
PRIMERO: Declarar Con Lugar, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos María Inocencia Noguera Pinto y Jorge Luis Matute Páez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 20.950.740 y V.- 14.324.721, respectivamente, en consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges, quedando disuelto el vínculo matrimonial que existió desde el día 21/12/2007, por ante la Alcaldía del Municipio San Carlos del estado Cojedes, a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
SEGUNDO: Por cu.....