este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide:
Primero: Declara Con Lugar la petición de Divorcio propuesto por los ciudadanos Ramón Emilio Yépez Ortega y Amellys Lisbeth García Castillo, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-13.442.607 y V-13.906.505, respectivamente; en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial contraído en fecha treinta (30) de Diciembre de Dos mil Cuatro (2004), por ante la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos, Estado Cojedes, según consta en Acta Nº 287, folio 429, de esa misma fecha, tal como se evidencia en el acta de matrimonio inserta al folio siete (07) y vuelto, del presente asunto.
Segundo: Realizar las participaciones pertinentes a los entes del Registro.....