Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, actuando en sede constitucional , administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acepta la Competencia declinada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Elías Coromoto Camacho Velásquez, en su carácter de defensor privado del ciudadano Jesús Alberto Mora Antequiz. SEGUNDO: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado Elías Coromoto Camacho Velásquez en su carácter ya señalado antes, contra la supuesta conducta omisiva llevada a cabo por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de este mismo Circuito Judicial, respecto a la providencia judicial de esta Corte de Apelaciones d.....