Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO Segundo de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos JOSE REYNALDO MALDONADO MILANO Y LAURA DEL VALLE MARTINEZ BENAVENTE, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-8.736.542 y V-10.994.830, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio ORLANDO ANTONIO DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº.136.329, En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo Tinaco del estado Cojedes, el 11 Diciembre de 1992.