Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por el
ciudadanoFaustino Ramón Flores García,ya identificado en autos,y
estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos,
Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, ennombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas
para asegurarle al ciudadano FAUSTINO RAMON FLORES GARCIA,
venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-
3.691.793; el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías edificadas
sobre un terreno de ejido del municipio Ezequiel Zamora del estado
Cojedes, constituida por una casa de dos plantas,ubicadaen el sector La
Mapora, Los Jardines, calle 01, casa Nº. 15, en la ciudad de San Carlos del
referido municipio, ya descrita en la solicitud, todo de conformidad con lo
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