Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el cobro de Prestaciones Sociales y otros Derechos laborales, incoado por el ciudadano STALIN WLADIMIR DURAN HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número 13.881.812, contra INVERSIONES DE ABREU NUNES y la condena al pago de las referidas sumas anteriormente señaladas de conformidad con la disposiciones establecidas en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, y la Ley Orgánica del Trabajo Vigente. Y ASI SE DECIDE.