Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por Autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE por la materia y la cuantía para conocer de la presente demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA, incoada por la ciudadana LORENZA ANTONIA YUSTY MORENO, contra los ciudadanos ALEJANDRINO CASTILLO, JOSÉ VICENTE CASTIILLO, JOSÉ ANTONIO CASTELLANO SANABRIA y JOSÉ APOLONIO CASTILLO. Así se decide.-