DECISIÓN
En mérito de las razones expuestas en los capítulos precedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por Acción Restitutoria por Perturbación a la Posesión incoada por la ciudadana MILKA AGUSTINA SERVEN ESCORCHA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-5.386.499, con domicilio Procesal en: Calle Salías, casa Nº 15-66, Sector Banco Obrero, San Carlos Estado Cojedes, siendo sus apoderados judiciales, los abogados MARIA ELADIA OJEDA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.667.535, debidamente Inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.762, de este domicilio y EUCLIDES JOSE HERRERA venezolano, mayor.....