Atendiendo a los razonamientos expresados, la Jueza del Juzgado del Municipio El Pao de San Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE LA DEMANDA Intentada por la ciudadana YZMIR CRISTINA RODRÍGUEZ BORGES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.920.827 y de este domicilio en contra de la ciudadana BÁRBARA ZULLERLYS MARRERO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad No. V-17.561.262 y domiciliado en El Pao, Edo. Cojedes, por RESOLUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN A COMPRA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la demandante por la naturaleza de la decisión.