-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: Consumada la Perención de la Instancia-, en consecuencia, Extinguido el Proceso, en la Solicitud de Expediente, recibida en fecha 09 de agosto de 2024, incoada por la ciudadana Abg. MIRTHA COROMOTO CHIRIVELLA JIMENEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°142.679, actuando en su propio nombre y representación, sin que desde dicha fecha haya realizado impulso procesal alguno. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. TERCERO: Notifíquese a la parte interviniente en la causa de la presente decisión, la ciudadana Abg. MIRTHA COROMOTO CHIRIVELLA JIMENEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N.....