IV
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud por Divorcio por Desafecto, presentada por la ciudadana MARIA GABRIELA MARIN YBARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-30.704.927 contra el ciudadano, JONATHAN ENRIQUE LEZAMA HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-26.950.203, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas por imperio del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimie.....