-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos DANIEL EDUARDO MIRELES ABREU, AMERICA LOURDES ABREU PUERTA, CARLOS EDUARDO MÍRELES ABREU, ANAHIS ELIANA MÍRELES RIERA y EDUAMELIS YESENIA DEL MILAGROS MÍRELES ABREU, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.614.428, V-9.536.690, V-19.722.337, V-18.502.404, V-19.889.838, respectivamente, la cualidad de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre de EDUARDO RAMON MIRELES QUINTERO, y fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.534.797, con vocación hereditarias y derech.....