este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declara Con Lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, por consiguiente, se ordena corregir el Acta de Nacimiento, inserta al Acta Nº 398, Tomo II, folio 1, Año 2004, expedida por la Primera Autoridad Civil Municipio San Carlos, Estado Cojedes, en fecha quince (15) de Noviembre de dos mil cuatro (2004), correspondiente a la niña SE OMITE NOMBRE (DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), donde dice: "Yngrid Yulimar Rangel" debe decir y leerse: "Yngrid Yulimar Silva Rangel". Ofíciese lo conducente. Líbrense los oficios respectivos.
Regístrese y Publíquese.