Por todas las demás razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que Este Tribunal De Primera Instancia en Funciones De Juicio, Constituido Como Tribunal Mixto, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el articulo 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA a los acusados: JUAN BAUTISTA ORTEGA CHAVEZ Y EDIT BEATRIZ ESTRADA, titulares de la cedula de identidad: V-8.672.017 y V-8.666.223, respectivamente, ambos residenciados en el barrio Juan Ignacio Méndez, sector Brisas del Río, calle Venezuela, casa S/N, Tinaquillo estado Cojedes; por la comisión del delito: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, Previstos y sancionados en el articulo 34 de La Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por lo que debe cumplir una PENA DE UN (01) AÑO DE PRISIÓN. Se mantiene en libertad, por cuanto a los penados han estado durante todo el proceso en.....