este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, decreta medida Preventiva Típica de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por un local comercial, distinguido con el Nº 01, ubicado en en el nivel Planta Baja del edificio Santa Eduvigis III, Calle Colina, Tinaquillo, Municipio Falcón del estado Cojedes, el cual tiene una superficie de VEINTICUATRO METROS CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (24,70 Mts.2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Local Nº 02; SUR: Fachada Sur; ESTE: Fachada Este; y OESTE: Local Nº 03.
Publíquese, regístrese y déjese Copia de la presente Decisión.