este Juzgado Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA Redimir de la pena que le falta por cumplir al ciudadano JOSÉ BENITO MADRIZ SALCEDO, el tiempo de OCHO (08), SIETE (07) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, que sumados al tiempo efectivo que lleva privado de su libertad da un total de SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y DOCE (12) HORAS; quedándole así por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES, ONCE (11) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, la cual culminará en fecha VEINTISIETE (27) DE DICIEMBRE DE 2012, A LAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 m.).
Notifíquese a las partes, conforme a lo previsto en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense las boletas correspondientes.