IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos MARLIS NORMELIS MONTENEGRO DE NAREA y RAFAEL ALBERTO NAREA RENDÓN, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.503.954y V-13.733.215, respectivamente,con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde día dieciocho (18) de Marzo del año Mil Novecientos Noventa y nueve (1999), según Acta Nº 50, Folio Nº vto. 74, Tomo I, del año 1999, del libro de Matrimonios llevado por el Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora, Parroquia San Carlos de Austria del Estado Cojedes.
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