Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la Confesión Ficta respecto del ciudadano José Alberto Mendoza Mellado, parte demandada.
Segundo: Con lugar la demanda de aumento de obligación de manutención al ciudadano José Alberto Mendoza Mellado, a favor de su hija se omite nombre de conformidad con lo establecido con el artículo 65 Lopnna.
Tercero: Se aumenta la obligación de manutención a la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs.400,00) mensuales, como bono escolar la cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800,00) y como bono navideño la cantidad de Mil Quinientos Bolívares (Bs. 1500,00), que deberá ser cancelado en el mes de diciembre, pagaderos mediante retensión directa de la nomina del obligado y entregados directamente a la progenitora, ciudadana Raquel Nohemi Vílchez Guzmán, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.031.003, en representación l.....