Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, asume la competencia para conocer de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, propuesta por la ciudadana JUANA MARIA PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.323.833, domiciliada en Tinaquillo del estado Cojedes, debidamente asistida por la abogada CRISTINA DEL CARMEN CAMPAÑA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.504.445, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 156.388.
Con fundamento con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los quince (15) días .....