Por las razones y argumentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, formulada por el ciudadano EDUARDO JOSÉ MESA, actuando en nombre y representación de su hija BELKIS JOSEFINA MEZA CARRERO, asistido por el Abogado JOSÉ GREGORIO VARGAS, todos suficientemente identificados en actas.
SEGUNDO: Se ORDENA oficiar al Coordinador del Registro Civil del Municipio Lima Blanco del estado Cojedes y al Registrador Principal del estado Cojedes, a los fines de que se sirvan estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento previamente determinada así: Donde dice: "EDUARDO MEZA", que es incorrecto, debe decir y leerse: "EDUARDO JOSÉ MESA", que es lo correcto y donde dice: "MARIA CRISTI.....