IV.- DECISIÓN.-
En consecuencia, con fundamento en los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, se declara:
PRIMERO: Procedente la medida cautelar nominada de Enajenar y Gravar, solicitada por la parte demandante sobre dos (02) locales comerciales, ubicados en la calle Colina entre avenida Bolívar y avenida Ricaurte, nivel planta baja del edificio Santa Eduvigis III, sector centro, municipio Tinaquillo del estado Cojedes, construido sobre un lote de terreno constante de una superficie de Mil Ciento Noventa Metros Cuadrados Con Sesenta y Ocho centímetros Cuadrados (1.190,68M2), comprendido dentro de las siguientes medidas linderos